La ley, según el Gobierno, tiene como objetivo principal la Paz Total.
La ley, según el Gobierno, tiene como objetivo principal la Paz Total.
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¿Ser pillo paga? El ABC de la Ley de Sometimiento para la Paz Total

El Gobierno defiende este proyecto como un paso crucial para la Paz Total. Sin embargo, las bajas penas para crímenes graves continúan siendo el punto de fricción central en el debate público.

Un intenso debate se ha desatado en Colombia a raíz de la presentación del Proyecto de Ley No. 002 de 2025 , una iniciativa del Gobierno nacional que busca establecer un tratamiento penal diferenciado para lograr el desmantelamiento y sometimiento de diversas organizaciones al margen de la ley.

Bajo el título "Por medio del cual se establece un tratamiento penal diferenciado para el desmantelamiento y sometimiento de organizaciones al margen de la ley, y reglas para la consolidación de la paz total, el orden público y la seguridad ciudadana", la propuesta ha generado controversia por la percepción de que "ser pillo paga".

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La ley, según el Gobierno, tiene como objetivo principal la Paz Total, garantizando siempre los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

¿A quiénes se aplica la ley y bajo qué condiciones?

Para acceder a estos beneficios, los grupos y sus miembros deben cumplir condiciones estrictas.

El proyecto de ley establece un marco de aplicación diferenciado para:

Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley (GAOML) y Grupos Armados Organizados (GAO): incluye a aquellos actores del conflicto armado (con o sin fines políticos) que deciden desmovilizarse y entregar sus armas tras la firma de acuerdos de paz con el Gobierno.

Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto (EAOCAI), financiadores y colaboradores: abarca a organizaciones criminales estructuradas, dedicadas a delitos de manera continua, que ejercen violencia contra la población y operan en economías ilícitas. También contempla a quienes, sin ser parte directa de estas estructuras, las financieras o colaboran con ellas.

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Personas procesadas o condenadas por delitos en el marco de la protesta social: quienes hayan sido involucrados en disturbios o el ejercicio de la protesta social podrán acceder a acuerdos de colaboración que incluyan verdad y reparación.

La Oficina del Consejero Comisionado de Paz (OCCP) será la entidad encargada de clasificar cada grupo o estructura y enviar los listados correspondientes a las autoridades judiciales.

Pilares de la Ley: entre la justicia reducida y la reparación

La propuesta se fundamenta en principios clave para la consolidación de la paz, pero es la "justicia retributiva mínima" lo que ha generado mayor controversia:

Penas alternativas y reducidas: los beneficiarios de la ley recibirán penas privativas de la libertad efectivas o restricciones intensas . Para los máximos responsables de crímenes graves (como lesa humanidad, crímenes de guerra o violaciones de DD. HH.), la pena alternativa se establece entre 5 y 8 años .

Para otros integrantes sin rol de dirección, la pena será de 2 a 5 años. Aquellos que fueron excluidos previamente de procesos de justicia transicional como Justicia y Paz o la JEP, y deciden acogerse a esta nueva ley, tendrán penas alternativas de 8 a 10 años .

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Enfoque restaurativo y territorial: la ley prioriza la reparación colectiva del daño a las víctimas y la restauración del tejido social en los territorios. Se considera el daño más grave cuando las víctimas pertenecen a grupos vulnerables (mujeres, niños, grupos étnicos, población LGBTIQ+, entre otros).

La propuesta se fundamenta en principios clave para la consolidación de la paz.

Priorización y doble imputación: la Fiscalía General de la Nación se enfocará en investigar a los máximos responsables, imputando tanto a las organizaciones en su conjunto como la colaboración individual de sus integrantes, buscando esclarecer la verdad sobre el "hecho total".

Contribución a la verdad: es un requisito fundamental que los beneficiarios participen activamente en mecanismos no judiciales para la contribución a la verdad y la memoria histórica, así como en la búsqueda de personas desaparecidas y en actos tempranos de reconocimiento de responsabilidad.

Condiciones especiales de aseguramiento: el Gobierno podrá habilitar lugares especiales para el cumplimiento de las penas (como espacios rurales o urbanos para la paz o colonias agrícolas), que serán distintos a los establecimientos penitenciarios tradicionales. Esto busca fomentar el arraigo social y la participación en acciones restaurativas.

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Requisitos y riesgos de revocatoria

Para acceder a estos beneficios, los grupos y sus miembros deben cumplir condiciones estrictas, entre las que se destacan:

* Desmovilización y entrega total de armas y bienes ilícitos.

* Entrega inmediata de niños, niñas y adolescentes vinculados a las organizaciones.

* Cese de toda actividad ilícita y renuncia a las economías criminales.

* No tener personas retenidas o secuestradas.

* Contribución efectiva al esclarecimiento de la verdad.

El incumplimiento de cualquiera de estos compromisos, la reincidencia en delitos dolosos, la no entrega de bienes o la falta de contribución a la verdad serán causales para la revocatoria individual del tratamiento, lo que implicaría el retorno al régimen penal ordinario.

El Gobierno defiende este proyecto como un paso crucial en la estrategia de Paz Total, buscando un equilibrio entre la necesidad de justicia y la oportunidad de desmantelar grupos armados y estructuras criminales en el país. Sin embargo, las bajas penas para crímenes graves continúan siendo el punto de fricción central en el debate público.

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